El pasado 24 de agosto, en el Centro Cívico de la ciudad de Querétaro, se definieron los lineamientos y restricciones que aplicaran para el autotransporte de carga en dicho municipio, la reunión fue encabezada por el Mtro. Luis Bernardo Nava Guerrero Presidente Municipal de Querétaro; el Dr. Saúl Antonio Obregón Biosca, Secretario de Movilidad, y los representantes de las principales cámaras y asociaciones del sector.  Como representante de la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos, A.C. (CONATRAM, asistió el Ing. Claudio Gallegos, Secretario General de la organización.

Es de valor apuntar que el logro de la negociación para esta firma se dio gracias a la labor de todas las agrupaciones y asociaciones de transportistas, resaltando en las mismas la Dra. Ma. de Los Angeles Fromow y la Lic. Patricia Vizcaya Angeles

Derivado de la modificación al Reglamento para la Movilidad y Tránsito del Municipio de Querétaro, publicado en el mes de marzo del presente año, se hace de conocimiento público que, se considera que en la Primera Etapa entró en vigor a partir del 28 agosto de 2020, en un horario comprendido entre las 06:30 y las 09:00hrs., se restringe la circulación de vehículos de transporte de carga en las vialidades municipales.

Como se dio a conocer esta restricción aplica para los vehículos de transporte de carga con una configuración de más de dos ejes o con distancia entre eje delantero y trasero de más de 4.5 metros y un peso mayor a 3,857 kgs.

En cuanto a los Vehículos doblemente articulados conocidos como FULL, solamente podrán circular en las vialidades del municipio de lunes a viernes en un horario nocturno de 22:00 a 05:00 horas del día siguiente.

Para los Vehículos de Transporte de carga de largo recorrido e itinerario cuyo destino no sea el municipio de Querétaro, deberán transitar de manera preferente por libramientos viales o rutas que eviten el paso por vialidades de competencia municipal.

Esta restricción de horario no aplica para unidades revolvedoras y bombas de concreto, transporte de mensajería y paquetería en carga consolidada, unidades con sistema de refrigeración, transporte y traslado de valores en unidades blindadas y balizadas, transporte de materiales y residuos peligrosos que acrediten ante la Secretaría el cumplimiento de lo estipulado por la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, Normas Oficiales Mexicanas de la materia y demás disposiciones normativas aplicables, y los vehículos de transporte de carga, siempre y cuando realicen el registro para la circulación.

Para el registro de estas unidades se considera como un acto administrativo que, para efectos de control de la circulación de los vehículos de carga en las vialidades de jurisdicción municipal, se tramita ante la Secretaría de Movilidad; el cual puede ser por internet y, servirá para que los vehículos que lo lleven a cabo puedan circular en el horario de restricción.

Para tal efecto se ha diseñado una plataforma digital, en la cual deberán de registrarse todas aquellas empresas foráneas que cuenten con placas del Servicio Público Federal, el link en el que deberán accesar los datos requeridos es,  http://107.21.35.55/restricciontransporte/

Para realizarlo es necesario entrar en el apartado que dice “registro de empresas foráneas” (placas federales), es importante puntualizar que la duración del registro es de sólo 24 horas y es por unidad.

Así también el registro de vehículos doblemente articulados lo deberán de llevar a cabo para que puedan circular, excepto en el horario comprendido de las 06:30 a 09:00 horas, dicho registro lo deberán realizar justificando la necesidad de su ingreso a dicho municipio.

En ambos casos, es importante portar la constancia de registro, para efecto de poder circular y no sean infraccionados.

La guía para el registro de empresas foráneas (placas SPF) se podrá consultar en el siguiente link: http://107.21.35.55/restricciontransporte/registroforaneos/

La guía para el registro de empresas con placas del estado de Querétaro (placas locales) se podrá consultar en el siguiente link, http://107.21.35.55/restricciontransporte/registrolocal/.

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